Os dejo lo escrito por I. Escolar en su blog:
http://www.escolar.net/MT/archives/2012/02/la-gurtel-vence-al-juez-garzon.html
La Gürtel vence al juez Garzón
Ya tenemos al primer condenado de la Gürtel. Se llama Baltasar Garzón. El juez que destripó la mayor trama de corrupción política de la democracia pierde la toga para siempre. De propina, tendrá también que indemnizar con las costas al honesto Francisco Correa, al honrado ‘don Vito’, que debe de estar hoy brindando con lo más parecido al champán que haya podido encontrar en la cárcel de Soto del Real. El capo de la Gürtel tiene mucho que celebrar, algo incluso mejor que la venganza: la sentencia del Supremo abre una grieta por la que todo el caso se pueda ir por el desagüe del defecto de forma, igual que ya pasó hace veinte años con otras escuchas y otro escándalo de corrupción del PP: el caso Naseiro. Un aplauso para los magistrados del máximo tribunal de la justicia española que han hecho posible un dislate tan simétrico, tan simbólico, tan difícil de explicar ante la sociedad. Se lo han ganado a pulso, por unanimidad.
La condena no sorprende. Se veía venir desde el momento en que cualquier incalificable que se acercase al Supremo –Correa, Manos Limpias o la Falange– conseguía marcar gol contra Garzón. Las 70 páginas de la sentencia no consiguen aclarar qué pasó para que un magistrado con 22 años de laureado servicio al frente de la Audiencia Nacional se transformase de repente y por triplicado en un juez prevaricador. Por qué las mismas escuchas que avaló la Fiscalía y el juez Pedreira o que sirven para el caso Marta del Castillo son pecado capital si te apellidas Garzón.
La loable argumentación en pro del derecho de defensa –que comparto– demuestra lo obvio: que en España las escuchas aún están por legislar y que caben varias interpretaciones al respecto, como demuestran las contradictorias sentencias del Tribunal Constitucional. Es un debate jurídico interesantísimo, que algún Gobierno debería zanjar con una ley lo más garantista posible. El increíble malabarismo judicial está en condenar a un juez de prevaricar por acogerse a una de las interpretaciones sobre escuchas que avala la jurisprudencia (y la Fiscalía, y el juez que siguió con la investigación), en vez de anularlas sin más, como hasta ahora era también lo habitual.
Acato la sentencia. La respeto y bla, bla, bla. Pero cuando el Supremo se pregunte qué pasa para que las instituciones tengan en España esta pésima valoración, que recuerden el 9 de febrero de 2012. Ayer, algo muy frágil se rompió.
Desde ayer este país, llamado España, ya no puede investigar ningún caso de corrupción, porque para ello siempre se necesitan escuchas, y desde ayer estas ya no sirven. Incluso el caso Gurtel se podría quedar en nada por la "memez" del Tribunal Supremo.
Los abogados se tiraban de los pelos porque les pueden hacer escuchas, pero yo pregunto a esos abogados, ¿si tu no tienes nada que ocultar que más te da que te escuchen?. Seguramente todos aquellos abogados que les parece una barbaridad, que les escuchen en sus conversaciones con sus clientes en prisión, es porque algo tienen que ocultar o están llevando una mala praxis.
Comunicado de Baltasar Garzón
Rechazo frontalmente la sentencia que me ha sido notificada en el día de hoy. Lo hago por entender que no se ajusta a derecho, que me condena de forma injusta y predeterminada.
He trabajado contra el terrorismo, el narcotráfico, los crímenes contra la humanidad y la corrupción. Lo he hecho con la ley en la mano y en unión de fiscales, jueces y policía. En este trabajo, siempre he cumplido con rigor las normas, he defendido los derechos de los justiciables y de las víctimas en situaciones muy adversas.
Ahora y a lo largo de este procedimiento, mis derechos han sido sistemáticamente violentados, mis peticiones de defensa desatendidas, el juicio oral una excusa, cuyo contenido ha sido utilizado sólo contra mí, prescindiendo de los elementos favorables que me beneficiaban, para, con ello, poder dar forma a una sentencia que ya estaba anunciada desde hace meses.
Mi actuación en el denominado caso Gürtel, se ajustó a la ley y en su desarrollo, tomé todas las medidas para garantizar el derecho de defensa y la investigación de delitos muy graves relacionados con la corrupción, partiendo de los contundentes indicios y para evitar la continuidad delictiva de blanqueo de dinero de los jefes mafiosos que utilizaban, como ya lo habían hecho antes, a los abogados designados.
Se me ha impedido aportar las pruebas que lo demostraban y se ha prescindido de la implicación y participación de abogados en la trama.
La afirmación que se contiene en la sentencia para justificar el supuesto dolo de que “la inclusión de la cláusula previniendo el derecho de defensa dejando a un lado su efectividad, revela que sabía que su resolución afectaba a este derecho” es una aberración que contradice todo el sentido de la misma y se utiliza para eliminar la base de mi absolución. La sentencia no dice en ningún momento cual es el daño producido en el derecho de defensa y no lo dice sencillamente porque no existe. Lo inventa. Así mismo falta a la verdad cuando se dice que no se ejecutó la medida de salvaguardar dicho derecho, cuando personalmente me cuide de garantizarlo y así lo avalan las pruebas practicadas e ignoradas por el tribunal.
Esta sentencia, sin razón jurídica para ello ni pruebas que la sustenten, elimina toda posibilidad para investigar la corrupción y sus delitos asociados abriendo espacios de impunidad y contribuye gravemente, en el afán de acabar con un concreto juez, a laminar la independencia de los jueces en España.
Acudiré a las vías legales que correspondan para combatir esta sentencia y ejerceré todas las acciones que sean pertinentes para tratar de paliar el perjuicio irreparable que los autores de esta sentencia han cometido.
Madrid a 9 de febrero de 2012
Siete magistrados
Los siete magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo han considerado por unanimidad que Baltasar Garzón, cuando ordenaba las escuchas en la cárcel de los jefes de la trama Gürtel, sabía que lo estaba haciendo de forma ilegal.
En primer lugar es más que probable que la intención de Baltasar Garzón no fuera ordenar unas escuchas entre un abogado y su cliente, sino entre un presunto delincuente y otro presunto delincuente, habida cuenta que eran los bufetes de abogados los que presumiblemente blanqueaban el dinero de la trama..
En segundo lugar, las escuchas fueron establecidas a petición de la policía y de la fiscalía, móvil que motivó la resolución del magistrado instructor ahora inhabilitado.
La argumentación de que la norma nacional sólo permite grabar las conversaciones entre abogado y cliente en caso de terrorismo no se tiene en pie dado que, como hemos dicho, tanto el abogado como el cliente eran antes de ello presuntos delincuentes. De la misma manera que existe una norma europea que contradice, bien es verdad, la norma española y que permite este tipo de escuchas por parte de la policía judicial.
Por otra parte, en sentido contrario, ¿alquien advirtió a Garzón que estaba dictando una resolución errónea?, ¿la Fiscalía?, ¿sus compañeros?, ¿el resto de magistrados? Parece llamativo que nadie dijera nada.
En cualquier caso, empero, no se estaba juzgando si hizo bien o mal, sino si prevaricó o no, y, por lo tanto, los once años de inhabilitación muestran que la opinión de los siete magistrados es favorable a que actuó deliberadamente de forma ilegal a sabiendas de lo que hacía.
Sin embargo, el peso de la defensa de Garzón se centra en el hecho de que la doctrina está totalmente dividida. La Fiscalía Anticorrupción reconocía que las escuchas se ajustaban a derecho, el juez Antonio Pedreira defendió que éstas habían sido ordenadas de forma correcta. Incluso el juez José Manuel Suárez firmó un voto particular defendiendo esta tesis para que no se admitiera a trámite este caso.
Es cierto pues, consultados no pocos catedráticos, juristas y magistrados, que la doctrina sobre la corrección de las escuchas está absolutamente dividida. Si así es, como de hecho es, la división en la doctrina, las dudas en la materia, hacen que, pudiendo haber cometido un error, no lo hizo a sabiendas, sino que lo hizo respaldado por una buena parte del pensamiento jurídico. Luego no es prevaricación.
Podemos discutir si los procedimientos eran ortodoxos, si el currículo de Garzón es más o menos brillante, su orden de detención de Pinochet, la contundente persecución de los crímenes de ETA, las investigaciones sobre el terrorismo islamista, los crímenes de estado o el caso Gürtel, pero, lo que no puede discutirse es que existe una cierta persecución en el sector más conservador de la sociedad española capaz de llamar prevaricación lo que a todas luces no lo es.
Carlos Jiménez Villarejo ha señalado que “el Supremo es un tribunal arrodillado a la corrupción que representa Gürtel y hoy es un día de vergüenza para el sistema democrático, judicial y para el mismo Supremo”.
Es cierto, sin embargo, que, respetando por entero la decisión judicial, no encontramos en modo alguno el delito de prevaricación entre los argumentos, más o menos sólidos, de la sentencia.